lunes, 3 de diciembre de 2012

VIOLACIONES ESTATUTARIAS

“EL CLAMOR DE LA BUROCRACIA
COMMENTARIOS Y REFLEXIONES

VIOLACIONES  ESTATUTARIAS:

Deberíamos darnos cuenta desde hace aproximadamente 12 años de esta fecha para atrás en el Comité Central Ejecutivo de nuestro honorable sindicato de la burocracia se ha suscitado muchas sanciones sindicales, que no han cumplido los requisitos que contempla los Estatutos del propio Comité .
Antes de observar el proceso de Violaciones Estatutarias  y su proceso de expulsión del Comité Central Ejecutivo, nos  preguntaremos  cuantas veces los Estatutos han sido reformados y deformados sin formular una convocatoria  para establecer un Consejo Directivo del Comité Central Ejecutivo del Sindicato de la Burocracia y esto dando cumplimiento los Estatutos mediante un orden del día, todas las reformas que ha sufrido de modificaciones los Artículos, ninguno está respaldado por una Convocatoria Respectiva y Especifica, y para ello todos los Delegados deben  presentar su Ponencias de Reformas  y levantar las actas respectivas en las mesas de trabajo los dictámenes que originen en Asamblea de Consejo y hacer los trámites de gestiones de legalidad ante la Magistratura de nuestro Sindicato para la legalidad y reconocimiento hacia la oficialización de su registro como Iniciativas y Autorización de la derogación de cualquier Articulo Estatutario , y  de esto depende de algún trámite transitorio para complementar su legalidad sería lo más conducente.
 Pero la circunstancia de los grandes ex líderes de nuestro       C.C.E.  Estatal se abocan con su asesoria mediante el cobro de algunos honorarios que paga el propio Comité  a la modificación estatutaria en un escritorio muy personal y Así  se viene desarrollando tal modificación estatutaria.
Nos preguntamos entonces que legalidad tiene todas las sanciones sindicales que ha aplicado el Comité Central Ejecutivo del Sindicado de la Burocracia del Estado de Chiapas- No tiene ninguna legalidad oficial , porque es muy sencillo, todos los procedimientos se parten a la primera Expulsión sindical, POR desestabilizador de la base burocrática, POR ofensa personal  a otro miembro del Comité, POR no obedecer y acatar órdenes arbitrarias del Secretario General, por desfilar o marchar en días Cívicos Patrios, POR órdenes verbales del Secretario General y por decisiones personales del propio Comité  y la expresión de los dirigentes al decir YA LO DECIDIMOS TODOS. Y todo este embrollo aunque no tenga ningún soporte de violación de algún artículo estatutario, aunque no tenga ninguna prueba, aunque no lo justifique nada, simplemente ya lo decidimos y tu estorbas, a esto se llama democracia o sindicato, compañero trabajador te gustaría trabajar en el Comité de nuestro Sindicato.
Que es entonces una violación estatutaria, Si el contenido de los estatutos está mal cimentados, mal formulada en sus contenidos con una carencia lógica, con una carencia de legalidad civil o social conforme a derecho.
Observemos  el contenido de nuestro Estatutos, dentro de sus párrafos introductorios  la redacción de incongruencia. Que a continuación dice.
El que se reelige en sus funciones se enferma de poder  pierde los estribos se convierte en un tirano dictador que solo está pensando en expulsar a sus agremiados.-





La reelección se vuelve una costumbre que invalida todas las leyes habidas  y por haber y ese vicio va de la mano con la corrupción y la ineficiencia. No permite  ni da cabida a la renovación de poderes ni de ideales  y se aferra en ocultar y reconocer los errores.
ANALISIS CRITICO DE: nuestros estatutos en la hoja sin numero TITULO SEGUNDO.- Adopta el siguiente  PLAN DE ACCION y con un nuevo diseño  para una  transición democrática que revierta en la centralización del poder sindical, bueno así está escrito por no decir LAS TRAMPAS DEL PODER SINDICAL. Y sigue diciendo nuestro estatutos que nuestra organización se encuentra cada vez mas vacía de su componente esencial…ESO ES CIERTO. Y  que se requiere de un cambio de conciencia, para que nuestros compañeros  burócratas vuelvan a sentir su pertenencia a la organización. Esto es lo que le hará verdadera mente representativa. NUESTRO COMITÉ NO ES REPRESENTATIVA.
Toca pues a los agremiados  burócratas, fortalecer los liderazgos  mediante la representatividad y legitimidad. ES CIERTO LE FALTA LEGITIMIDAD.
Los propios dirigentes privilegian su papel esencial de plan de acción  en  promocionar la defensa de los intereses de sus representados  y el sindicato sea insustituible como una estructura para detener y atenuar la distancia entre el poder adquisitivo del salario comparativo con la canasta básica y  la lucha para una mejor justificación.-
ENTONCES PORQUE EL COMITÉ NO ORGANIZA UNA MARCHA DE LUCHA PARA PRESENTAR UN PROYECTO DE ECONOMIA SALARIAL COMPARATIVO A OTRAS ORGANIZACIONES SINDICALES O ESTADOS ALEDAÑOS AL NUESTRO.
Corresponde al sindicato resguardar y defender la autonomía y la libertad sindical.
 EL SINDICATO NO DEFIENDE SU AUNTONOMIA  NI LA LIBERTAD SINDICAL POR LA SENCILLA RAZON DE QUE EL SINDICATO ESTA SECUESTRADO EN MANOS PERVERSAS  CON IDENTIDAD INMORAL PORQUE PELEAN LA REELECCION DE PODERES  COMO SI SUS ACCIONES LO RESPALDARAN.( nunca presentan rendición de cuentas  separando rubros específicos)
Observemos  la escritura de los estatutos lo siguiente:
En términos de la interpretación de la tesis aislada emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuyo rubro dice
 :LOS SINDICATOS.-  EL ARTICULO 75 DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIOS DEL ESTADO QUE PROHIBE LA REELECCION DE SUS DIRIGIENTES CONTRABIENE LA LIBERTAD SINDICAL QUE ESTABLECE EL ARTICULO  123 CONSTITUCIONAL
SINDICATOS. EL ARTICULO 75 DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO QUE PROHIBE LA REELECCION DE SUS DIRIGENTES, CONTRA VIENE LA LIBERTAD SINDICAL QUE ESTABLECE EL ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL. “Este precepto, en su apartado B, en su fracción X, establece, entre otros principios básicos, que los trabajadores al servicio del estado tienen el derecho de asociarse para la defensa de sus derechos comunes.
Ahora añaden en los estatutos el ARTICULO  12 :-  Los integrantes del Comité Central Ejecutivo podrán ser reelectos siempre y cuando se sometan al escrutinio de la base  trabajadora debiendo renunciar al cargo ostentado , cuando menos con dos meses de anticipación al proceso electoral sindical normado por el ARTICULO  7º. De estos estatutos.
ESTO ES UN ESTATUTO AMAÑADO Y DEBE SER INVALIDADO TODA ACCION  DE  LOS SEUDOLIDERES BUROCRATICOS DEL ESTADO.
Referente al Artículo 7º. Cuando algunos ex dirigentes  y nuestro Actual Secretario General no se apegaron a este Articulo 7º. Para ser reelegidos, primero la Convocatoria que emitieron en el orden del día no se dice en ningún punto reelección del cargo al Secretario General en funciones. Tampoco pide licencia para separarse un tiempo de sus funciones, y mucho menos que se celebre campaña de votación para llegar al conteo de votos, así como el escrutinio final ante el Notario público.
Y como no hay planillas contrarias  solamente se emite el dictamen verbal en el Congreso del Comité Central Ejecutivo del Sindicato de la Burocracia,  le piden a todos los Delegados Sindicales que fueron comprados para que levanten la mano y expresen con un alarido eufórico de corrupción que se aprueba la reelección y con ello también los Delegados Jubilados Sindicales efectivos que conocen el teje y maneje de la araña y  son personas Jubiladas de la Burocracia también votan con propuestas verbales porque fueron comprados con favores muy convencionales de plazas de base  para sus hijos.
 QUIEN NO SE REELIGE así, HASTA MI ABUELITA  GANA LOS VOTOS A SU FAVOR.-
ESTO ES EL SINDICATO DEMOCRATICO Y REPRESENTATIVO EN EL ESTADO DE CHIAPAS MEXICO.
Hablando  de violaciones estatutarias  ¿Como lo aplicaría? El Comité Central Ejecutivo a sus propios dirigentes conforme a los estatutos vigentes.
Cuantas veces los secretarios generales anteriores de nuestro sindicato de la burocracia  se les ha aplicado las leyes estatutarias sindicales por violación incurrida con los mismos integrantes del Comité según el ARTICULO 28:-  que dice, Los integrantes del Comité Central Ejecutivo podrán ser sancionados por las siguientes causas.
A).-POR FALTAR AL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES
B).-POR EXTRAMLIMENTACION DE FUNCIONES
C).-POR VALVERSACION DE FONDOS
D).-POR TRAICIONAR LOS PRINCIPIOS DEL SINDICATO.
Marcaremos el inciso B)del ARTICULO 28 como violación estatutaria por el Comité Central Ejecutivo acciones personales y directas, cuando el Secretario General en su carácter de Ejecutivo en lo muy personal toma atribuciones de la participación en las Determinaciones de plazas en la Comisión  Mixta de Escalafón  toma atribuciones directas para negociar con las autoridades de 50 x
50 % en reparticiones y en la Negociación de otorgamientos de plazas haciendo un lado los derechos de la familia burocrática y practicando abiertamente  la oferta económica de las plazas.
Marcaremos  el inciso C).-del ARTICULO 28 como violación estatutaria por el  Comité Central Ejecutivo que por acciones personales del Secretario General atribuciones y determinaciones muy personales para  solicitar extracción de fondos económicos del Seguro de Vida para hacer traspasos dentro de otros gastos de cuentas desbalanceadas y Las cantidades extraídas en otras ocasiones  que son de millones nunca se han recuperado ni se han sido devuelto los dineros donde fueron extraídos. 
En este ARTICULO 28 inciso C) Los fondos económicos de apoyo de Fideicomiso aportación  muy grata que ha transferido las Arcas económica del Gobierno del Estado que suman mucho millones no han sido aplicadas sustancialmente al fin y al propósito con que fue solicitado al contrario se han originado distorsión de porcentajes en otros rubros ajenos, que no han beneficiado la Economía Sindical, mucho menos que haya fortalecido la Caja de Ahorros  para nivelar las cuentas perdidas  de 6  u 8 años que se encuentran desaparecido las cuentas de la caja de ahorro-
 Estos fondos fideicomisos no se han reflejado en rendición de cuentas al Gobierno del Estado como fueron utilizados o usados porque no existe una administración transparente por parte del Sindicato de la Burocracia.
RENGLON ESPECIAL DE VIOLACION DEL ART.28 inciso C). La malversación de los fondos económicos de la Caja de Ahorros  cuando los trabajadores  se Jubilan únicamente les dan una cantidad  económica de $ 17,000.oo  HACIENDO FALTA  más de 8 años de retribución por no existir antecedentes de cuentas claras por las pérdidas económicas.
SI NO HAY LEY NO HAY ORDEN. Porque esta frase muy sencillo y lógico porque si no existe Un reglamento de la Caja de Ahorros o no existe un Patronato de la Caja de Ahorros entonces. No existe ningún control Administrativo de los dineros.  No existe ningún Estado de Cuenta que Recibe el trabajador burócrata. No existe una cuenta bancaria específica de la Caja de Ahorros. Y no existe ninguna información por escrito de las Cuentas Actuales de la Caja de Ahorros ni del presente año ni 30 años atrás.  A ESTO SE LLAMA MALVERSACION  o un plan amañado que no justifica ninguna razón.  “EL CLAMOR DEL BUROCRATA”  Demanda y exige  una justicia de ya y un basta de robos honestos acompañados con aplausos.
REFLEXIONES  Cuando hay cambio de poderes sindicales .Cuando la Directiva del Comité saliente y  la nueva planilla ganadora (supuestamente  nunca existe una expresión o algún antecedente oficial  mediante una  Acta de entrega formal notarial de los hechos y testimonial de entrega ¿Cómo se recibe moralmente físicamente y económicamente?
 El Comité Central Ejecutivo Específicamente no tiene la cuenta Bancaria de la Caja de Ahorros.
El Secretario General entrante jamás y nunca  ha surgido en todos los cambios. Que este personaje embestido de moralidad, que informe a la base trabajadora burocrática  las condiciones como recibe el Sindicato.
Porque no lo hace, porque calla, acaso su actitud no contrae una responsabilidad, esta acción  y este silencio  se le otorga  el titulo de cómplice coadjutor o tapadera  de corrupción.


CONGRESOS
Como se acredita un Delegado al Congreso para que sea efectivo y tenga derecho a voz y voto y para que tenga la representatividad es decir para que sea un Delegado reconocido por su base y por un total de sindicalizados , porque en algunos centros de trabajo de algunos municipios donde solo existen por decir 15 trabajadores  le dan la validez y el Comité Central Ejecutivo lo registra como un delegado efectivo y todo  con  hecho pensado para llevar ganancia en la votación,  aparte otros  representantes sindicales antes que se conviertan en Delegados al Congreso los enamoran y los seducen económicamente para tener el reconocimiento y el alago preferencial de ser un elegido mas dentro de todos para hacer el volumen  de simpatizantes que gritaran, ya es tarde ya tenemos hambre ya vámonos para la comidita, ya que no haya Asuntos Generales de acuerdo el orden del día según la convocatoria. Y  otros delegados que son ex trabajadores y que pasaron a ser pensionados y jubilados, también comprados  están dentro los Delegados efectivos al Congreso del Comité Central Ejecutivo  Sindicato Honorable de la Burocracia .- y La Comisión de Honor y Justicia  desfilando dentro todo y dando su aprobación para sancionar los trabajos y el cierre del Congreso.
Estaremos  complementando  estos aspectos  como se desarrolla y se manipulan las acciones electorales y como se hacen las negociaciones, muy por independiente como surge el Elegido Líder  que será coronado con los deseos caprichosos de………
SOLICITAMOS  A LOS BUROCRATAS Y PERSONAS INTERESADAS QUE REVISEN LOS ESTATUTOS DE ESTE SINDICATO Y HAGA LAS COMPARACIONES DE LAS VIOLACIONES ESTATUTARIAS, además de un contenido muy incongruente  y carente de garantías sobre todo nunca dicen que tienen obligación de la rendición de cuentas , ya no digamos de las cuotas sindicales  sino lo mas importante el patrimonio familiar que es la Caja de Ahorro y El Seguro de Vida.- Cuentas Claras conservan buenas amistades no lo cree amigo lector.

NOVEDADES  SOSPECHOSAS
Desde hace muchos años viene manejando el Comité Central Ejecutivo del Sindicato de la Burocracia, actúa con mucha liberalidad e indiscretamente a la luz del día, autorizando por costumbre licencias sindicales a trabajadores de la burocracia.
Se considera que con esta actitud de hecho ocular EL SINDICATO COMPRA LOS FAVORES  con este plan con maña para integrar el grupo de trabajadores burócratas INCONDICIONALES  para que estos sean utilizados en el momento que lo necesiten hablando de campañas sindicales o para que se hagan un lado y no estorben en el tiempo de campañas  en la participación de los suso dichos.
También el SINDICATO  PAGA LOS FAVORES  otorgando licencia sindicales algunos trabajadores burócratas que en algún tiempo formaron parte como lideres de ese Comité Sindical, este batallón de aviadores componen un grupo aproximado de  50 o mas licencias sindicales.
A ESTO LLAMAMOS SINDICATO DEMOCRATICO.-Usted amigo burócrata que opina ¿
Nosotros el grupo del Clamor nos preguntamos , las causas que dan origen estas licencias sindicales es que  es un proyecto amañado para que el sindicato manipule a los trabajadores comprando conciencias, comprando la moralidad del trabajador formando un elite de elegidos que formen el sindicalismo blanco .
Visite nuestra página tendrá la satisfacción de descubrir la identidad  del liderazgo burocrático.

REPORTA
“EL CLAMOR DE LA BUROCRACIA